Los médicos no objetores no quedarán relegados a solo practicar abortos

No relegados a solo practicar abortos

Los médicos que no se declaren como objetores del aborto no se verán obligados a practicar únicamente la interrupción voluntaria del embarazo durante su jornada laboral. Los grupos que conforman el Gobierno han aceptado incorporar una enmienda al proyecto de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva para garantizar que no se produzca una “discriminación” hacia los facultativos que se presten a facilitar este derecho a las mujeres en el Sistema Nacional de Salud (SNS).

Fuente: RedacciónMédica.com  Autor: CARLOS VILLAR

Los médicos no objetores no quedarán relegados a solo practicar abortos

El nuevo apéndice del texto normativo obliga a los servicios sanitarios a adoptar las “medidas organizativas necesarias” para evitar que los profesionales sanitarios que no formen parte del nuevo registro de objetores de conciencia del aborto “se vean relegados en exclusiva a la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo”. Mientras que  también blinda a los facultativos que sí que se hayan negado a realizarlo frente a cualquier “discriminación” como consecuencia de esta decisión.

La actualización de la ley ha sido incorporada en el Informe de Ponencia que los diputados han remitido ya a la Comisión de Igualdad, uno de los pasos previos para que la ley se debata de forma definitiva entre los diputados. El Gobierno ha allanado el camino para su aprobación, después de haber sumado a la propuesta legislativa más de una veintena de enmiendas de Esquerra Republicana (ERC), Junts, el Bloque Nacionalista Galego (BNG), el Partido Nacionalista Vasco (PNV), EH Bildu o Coalición Canaria.

Este nuevo paso se produce después de que el Congreso de los Diputados ya hubiese rechazado con una amplia mayoría las enmiendas a la totalidad presentadas por el Partido Popular y Vox para tratar de devolver la ley. El resultado de 199 votos a favor, 142 en contra y 4 abstenciones anticipa un potencial resultado definitivo cuando la ley llegue de manera definitiva al plano de la Cámara Baja.

Veto a objetores en comités del embarazo

Otra de las claves del Informe de la Ponencia es que finalmente se ha incorporado al texto un artículo nuevo para abordar la composición de los comités clínicos del embarazo, que evalúan situaciones como las malformaciones. Los grupos han acordado vetar de estos equipos multidisciplinares a aquellos facultativos que se hayan incorporado al registro de objetores o que hayan formado parte en los últimos tres años. Era una iniciativa que había propuesto Unidas Podemos, impulsor de la norma, lo que anticipaba que previsiblemente se acoplaría al texto definitivo.

Los comités quedarán integrados por dos médicos especialistas en Ginecología y Obstetricia o expertos en diagnóstico prenatal, así como uno de Pediatría. La mujer podrá elegir qué facultativo le atiende personalmente. Mientras que tras la emisión del diagnóstico contará con la libertad para decidir sobre la intervención.

La nueva ley forzará a las comunidades autónomas a contar con al menos un comité clínico en un centro de la red sanitaria pública. Sus miembros se renovarán cada año y la designación deberá reflejarse en los diarios oficiales de cada territorio. “Las especificidades del funcionamiento del Comité clínico se determinarán reglamentariamente”, reza el texto.

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