¿Qué supone para médicos y pacientes el registro de objetores al aborto?

¿Qué supone para médicos y pacientes el registro de objetores al aborto?

Si una mujer quiere o necesita abortar y vive en Plasencia, Extremadura, tiene que viajar más de 100 kilómetros hasta otra provincia para lograrlo, porque no existen clínicas en Cáceres que lo practiquen. De hecho, sólo hay un centro privado acreditado en toda la comunidad autónoma, en Badajoz, mientras el número de interrupciones del embarazo que se realizan en la sanidad pública extremeña brilla en las estadísticas del Ministerio de Sanidad: cero.

Fuente: RTVE.es   Autor: SOFÍA SOLER

¿Qué supone para médicos y pacientes el registro de objetores al aborto?

El aborto, dentro de los plazos legales, es una prestación sanitaria garantizada y gratuita, puesto que está financiada por el Sistema Nacional de Salud, sin embargo, apenas el 15% de ellos se practican en hospitales públicos. La inacción en bloque de servicios y hospitales ha llevado a una perversión de la ley de 2010, que contemplaba solo “excepcionalmente” que se hicieran en centros acreditados fuera de la red pública. Ahora, el Gobierno trata de enmendarlo a través de un registro de objetores de conciencia dentro de la reforma de la ley del aborto.

La propuesta se debate este jueves en el Congreso, pero fuera del hemiciclo no ha seducido a la Organización Médica Colegial y mucho menos a la Asociación Nacional para la Defensa del Derecho a la Objeción de Conciencia (ANDOC), que ve en el registro una “lista negra” y una “limitación injustificada al derecho fundamental a la libertad religiosa y de conciencia”.

Las claves del registro

Según explican fuentes del Ministerio de Igualdad, el nuevo mecanismo (que ya se utiliza para la objeción a la eutanasia) servirá para facilitar la organización de los servicios sanitarios, de modo que finalmente puedan practicarse como dice la ley, es decir, en su mayoría en la sanidad pública y, por lo tanto, cerca del domicilio de las pacientes.

Así, apuntan desde el Instituto de las Mujeres, el registro se limitará a la objeción a “la intervención directa” en las interrupciones voluntarias del embarazo, tendrá “carácter obligatorio” y cumplirá con todas las garantías de confidencialidad y protección de datos de los profesionales. Lo pondrán en marcha las comunidades autónomas, que son quienes se encargan de orquestar a los equipos y tienen las competencias sanitarias, aunque los detalles operativos de la herramienta aún tendrán que fijarse después de la reforma que establecerá los criterios generales.

Es resumen,