TC acoge requerimiento de Chile Vamos y declara inconstitucional reglamento de objeción de conciencia

BIOBIOCHILE – 06/12/2018

Foto de archivo: Agencia UNO

El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el reglamento de objeción de conciencia de la Ley de Aborto en 3 causales objetado por Chile Vamos, tras una votación de 8 ministros contra 2.

“La sentencia será expedida y notificada a más tardar el 8 de enero de 2019 dentro de los plazos que establecen nuestra ley orgánica constitucional”, indicó la secretaria abogada del TC, Mónica Sánchez.

En concreto, el fallo significa que se elimina el artículo 13 del inciso segundo, habilitando a los seis centros de salud que mantienen convenios con el Estado a que puedan declararse objetores de conciencia.

Estos son específicamente la Clinica Arturo Lopez Perez, el Hospital Clínico de la Universidad de Chile, el Hospital Parroquial San Bernardo, el Hospital San Francisco de Pucón, el Hospital Padre Bernabé de Lucema en Panguipulli, y la Clínica de Puerto Varas.

Con esto, se da luz verde al Gobierno para revisar el texto original y potencialmente levantar las restricciones para las instituciones de salud privadas que reciban fondos del Estado, las que debieron incluir tras un dictamen de Contraloría.

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