Ollero (TC), a Actuall: “La sentencia del nasciturus tiene un valor simbólico interesante”

Alfonso Basallo

Aunque matiza que de ahí no se deriva necesariamente que el Constitucional vaya a resolver pronto el recurso del PP contra la ley Aido del aborto.

La sentencia del TC que considera al nasciturus uno más de la familia es, sin duda, un paso más hacia el reconocimiento de todos a la vida –como establece el artículo 15 de la Carta Magna-, pero esto no autoriza a pensar que sea inminente un pronunciamiento del Constitucional sobre el recurso del PP contra la ley Aído.

Ni tampoco que ese pronunciamiento sea a favor del artículo 15 y que, por lo tanto, declare inconstitucional la ley de Salud Reproductiva del Gobierno Zapatero.

El magistrado del TC, Andrés Ollero
El magistrado del TC, Andrés Ollero

Esta es la conclusión que se desprende de las declaraciones de Andrés Ollero, catedrático de Filosofía del Derecho y magistrado del TC, concedidas a Actuall.

El magistrado considera que la sentencia tiene “un valor simbólico muy interesante e incluso insólito, tal como están los tiempos” al dictaminar que “no es inconstitucional  el beneficio de tener por nacido al hijo en gestación a efectos de su cómputo como miembro de la unidad familiar”.

“La sentencia no implica que se deriven obligatoriamente soluciones paralelas con el recurso del PP sobre el aborto”

Sin embargo, eso no quiere decir que el TC vaya a resolver ya el recurso del PP sobre la ley zapaterista del aborto. “La sentencia sobre la ley valenciana no implica que se deriven soluciones paralelas obligatoriamente respecto al recurso del PP”.

Y puntualiza: “Lo único que hace el Tribunal es decir si una norma –en este caso la de la Comunidad Valenciana- se ajusta o no a la Constitución. Y lo que ha hecho la sentencia, cuyo ponente era Pedro González Trevijano, es decir que nada impide al legislador autonómico reconocer al no nacido derechos administrativos”. Nada más.

La sentencia afirma que la aplicación de la regla autonómica “no supone vulneración de la legislación básica estatal en materia de educación y, por tanto, no es inconstitucional”, e decir que el legislador autonómico tiene capacidad para crear criterios propios de valoración y establecer el modo de calcular su aplicación.

Ollero explica que el Constitucional “respeta al máximo al legislador, al Parlamento, que representa a la soberanía popular, lo único que hace es frenarle cuando no respeta la Constitución”.

Preguntado por Actuall sobre la tardanza del tribunal en resolver sobre el recurso presentado por el PP contra la ley del aborto de Aído, el magistrado señala que un asunto de esa naturaleza “no tiene una solución fácil”; y que es preciso “calibrar muy bien todas las posiciones y consensuarlas”.

Como dijo en una reciente entrevista a Alfa y Omega, “siendo Pascual Sala presidente del TC, se consideró que no era lógico abordar la cuestión cuando desde el Gobierno se anunciaba una reforma legal, que podría reducir o anular el objeto del recurso presentado con anterioridad”.

Añade que ahora va a ser más sencillo abordarla pero, para ello es necesario, ir consensuando la sentencia y “yo, aun siendo ponente, solo tengo un voto…”.

El magistrado reafirma que el TC “no se muestra insensible respecto al derecho a la vida”. Como lo demuestra el hecho de que esa instancia reconociera la objeción de conciencia a un farmacéutico que se negaba a dispensar la píldora del día después, por sus eventuales efectos abortivos. Una sentencia de la que fue ponente el propio Andrés Ollero.

“No se puede saber ni cuándo ni en qué sentido se pronunciará el Tribunal sobre el recurso del PP”

Pero, hoy por hoy, añade “no se puede saber ni cuándo ni en qué sentido se pronunciará el Tribunal sobre el recurso del PP contra la ley del aborto de 2010”.

Todo indica, por lo tanto, que a pesar de la sentencia que  da la razón a la Ley valenciana de Educación al computar al nasciturus como uno más de la familia, sería prematuro esperar un pronunciamiento del Constitucional sobre el recurso del PP.

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