Ricardo De Lorenzo, presidente del Bufete De Lorenzo Abogados, ha afirmado que la objeción de conciencia es imprescindible para un ejercicio profesional moral y libre. Sus palabras fueron pronunciadas en la ceremonia de reconocimiento como Académico de Honor de la Academia Médico-Quirúrgica Española.
Fuente: RedaccionMedica.com Autor: ADRIÁN MATEOS
La objeción de conciencia es imprescindible
A este respecto, ha compartido sus dudas sobre los tan “ambiguos” como “monolíticos” registros de objetores que contemplan leyes recientes como las del aborto y la eutanasia, a su parecer “instrumentos poco realistas” en un escenario “cada vez más complejo” que precisa “una nueva Ley Orgánica”.
Con estas palabras se ha dirigido el también presidente de la Asociación Española de Derecho Sanitario a las autoridades políticas, sanitarias, académicas y jurídicas que han asistido a la Facultad de Medicina de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) para asistir a este acto de la Academia Médico-Quirúrgica de España, con el que ha iniciado además el curso académico 2022-23. Un evento que ha congregado, entre otras personalidades, al consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero; el presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM), Tomás Cobo; y Juan Abarca, presidente del Instituto para el Desarrollo e Integración de la Sanidad (IDIS).
Durante su intervención, De Lorenzo ha manifestado que la posición objetora de un médico en el ejercicio de su profesión “no es definitiva”, dado que puede cambiar a lo largo de su trayectoria; ni tampoco absoluta, ya que depende de casos o circunstancias concretas. Es decir, un facultativo “puede tener tal actitud para algunos planteamientos de su actividad y para otros no”. Ante esta realidad, “un registro ‘general’, de concepción monolítica, no es ni será nunca un instrumento realista” para asuntos tan complejos como la Ley del Aborto o la de la Eutanasia.
De Lorenzo ha apelado a la reciente reforma del Código Deontológico Médico impulsado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) para referirse a la objeción de conciencia como a las acciones clínicas concretas “y no a personas”, ha insistido en la necesidad de promulgar “una Ley de rango suficiente”, es decir una Orgánica, que acabe con las incertidumbres en el ámbito de la objeción de conciencia.
Tres ‘vacíos’ sobre la objeción de conciencia
En concreto, ha citado tres ‘vacíos’ jurídicos. El primero de ellos se refiere a la “falta de regulación” de los órganos de la Unión Europea, que difiere la misma a los órganos nacionales. En el caso de España, además, la regulación normativa en materias concretas ha recaído sobre las comunidades autónomas, “rompiendo con el tratamiento unitario de la cuestión”. “Y, por último, la adopción de criterios no siempre uniformes por parte de nuestros tribunales, incluso por el Tribunal Constitucional”, ha remarcado.
Por todo ello, ha subrayado que “ya se conceptúe la objeción de conciencia como un derecho fundamental” bien como uno constitucional, “los derechos fundamentales potencialmente afectados harían necesaria dicha norma legal, que regule la objeción de conciencia”.
Por otro lado, el letrado ha defendido que estos registros “no pueden ser públicos, pero tampoco ser de acceso general dentro de la Administración sanitaria”. Por el contrario, ha apuntado que las listas “deberían, para los profesionales objetores, hacerse en sus Colegios respectivos en lugar de en la Administración Sanitaria, lo que evitaría eventuales conductas de la Administración hacia los objetores”.
“Diré finalmente que este reconocimiento al derecho de objeción de conciencia de los profesionales sanitarios es imprescindible, en mi opinión, para un ejercicio profesional responsable, que tenga su base en la libertad y la imprescindible independencia de juicio, puesto que no hay vida moral sin libertad, ni responsabilidad sin independencia”.
De Lorenzo ha concluido su discurso haciendo alusión a la “complejidad de las decisiones en un ámbito como el sanitario”, un área con “importantes consecuencias jurídicas”. “La falta de acuerdo entre los juristas, y por tanto la ambigüedad e inseguridad que se deriva de ello, las especificidades de la objeción de conciencia en el ámbito sanitario con respecto a otros ámbitos, así como la multiplicidad de actos médicos cuyas implicaciones pueden afectar a la libertad de conciencia de los profesionales sanitarios, nos hacen reafirmarnos en la petición de una deseable ley general reguladora de la objeción de conciencia en el concreto ámbito sanitario, reconociéndose de forma clara y precisa dicha objeción”, ha zanjado.
Aportación “trascendental” de De Lorenzo al Derecho Sanitario
Durante el acto, De Lorenzo ha recibido los elogios del consejero de Sanidad madrileño, Enrique Ruiz Escudero, quien ha catalogado de “trascendentales e instructivas” las aportaciones del jurista al ámbito del Derecho Sanitario. En este sentido, ha destacado que desde la administración autonómica “se defiende” este derecho de los profesionales sanitarios “a ejercer su labor en base a sus convicciones”.
En la misma línea, Luis Ortiz, presidente de la Academia Médico-Quirúrgica Española, ha enfatizado que De Lorenzo “siempre estuvo del lado de los médicos en cualquier demanda”. “A él le debemos dos hitos muy importantes en Medicina: que se retribuyeran las guardias hospitalarias y que se pudiera librar al día siguiente de las mismas”, ha destacado.
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