“Colombia: el Magistrado ponente de la sentencia sobre el matrimonio igualitario dice que notarios pueden objetar conciencia”

Foto tomada de Twitter @malbarracin

El magistrado de la Corte Constitucional, Alberto Rojas Ríos, advirtió que los notarios y jueces en el país pueden alegar la objeción de conciencia frente a la celebración del matrimonio entre parejas del mismo sexo.

El magistrado ponente sobre la decisión que avaló el matrimonio igualitario en Colombia expresó en su aclaración de voto, que no fueron establecidas dentro de la sentencia las reglas para poder apelar al derecho fundamental de la objeción de conciencia.

Para el magistrado Rojas Ríos este tema debió ser abordado por la Corte Constitucional de forma profunda en el caso del matrimonio igualitario “para evitar equivocadas aproximaciones al mismo, tal y como se hizo en Sudáfrica por decisión judicial, y por vía legislativa en Dinamarca, Escocia y Noruega“.

El magistrado Rojas Ríos manifestó en el documento que si bien la objeción de conciencia no es absoluta, la jurisprudencia de la Corte Constitucional ha ampliado la protección de ese derecho en diferentes casos.

Las autoridades judiciales y los notarios, en su calidad de personas naturales, sí pueden legítimamente alegar la objeción de conciencia para abstenerse de formalizar y solemnizar solicitudes de matrimonio civil entre parejas del mismo sexo, siempre y cuando demuestren una reiterada, profunda, fija y sincera convicción, en los términos señalados por la jurisprudencia constitucional“, señaló el magistrado.

Rojas Ríos consideró que los servidores públicos podrán alegar este derecho siempre y cuando lo demuestren y no vulnere otros derechos fundamentales o en algunos casos se advierta una obstrucción al acceso a la justicia.

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