El TC aparca sus deliberaciones sobre los recursos contra la actual Ley del Aborto

Hazteoir.org
26.01.2014

La decisión de aparcarlo no se ha tomando formalmente en ningún órgano del alto tribunal
Pero se considera que supondría una “injerencia” en el actual debate político
El recurso del PP denunciaba, entre otras cosas, el coladero del supuesto de salud psicológica y el aborto eugenésico

Interpuestos por el PP y el Gobierno de Navarra. La decisión no se ha acordado formalmente en ningún órgano, pero el alto tribunal considera que deliberar en estos momentos supondría una “injerencia” del alto tribunal en el debate político.

REDACCIÓN HO.- El Tribunal Constitucional ha aparcado, por el momento, sus deliberaciones sobre los recursos del PP y el Gobierno de Navarra contra diversos preceptos de la vigente Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo (Ley Aído), que fueron admitidos a trámite en junio de 2010., pero rechazando suspender esta norma, que supone la muerte de 300 seres humanos cada día en España y una tragedia para tantas mujeres. Fuentes del tribunal de garantías han señalado a Europa Press que, aunque esta decisión no ha sido acordada formalmente en ningún órgano del tribunal, se ha impuesto la idea de que deliberar en estos momentos sobre la ley del aborto del gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero podría interpretarse como una “injerencia” del Constitucional en el debate político.

La ponencia de este asunto ha correspondido al magistrado Andrés Ollero, si bien es poco probable que su propuesta sea llevada a próximos Plenos mientras dure el debate parlamentario. Una vez se apruebe la nueva Ley, los magistrados podrían discutir si el recurso del Partido Popular carece ya de objeto o si por el contrario el TC debe pronunciarse sobre la ley de plazos en los términos señalados en su recurso por el PP.

El PP recurrió la actual normativa, apurando el plazo, el 1 de junio de 2010; el Gobierno de Navarra lo interpuso al día siguiente. Ambos fueron admitido a trámite el día 30 de ese mismo mes. la Ley Aído permite abortar libremente en España en las 14 primeras semanas de gestación y en algunos casos hasta la 22, por considerar su articulado “contrario al derecho a la vida tal y como lo ha interpretado el Tribunal Constitucional en 1985”. El recurso del partido actualmente en el Gobierno hace especial hincapié en los preceptos que permiten a las jóvenes de 16 y 17 años abortar sin consentimiento de los padres.

El PP denunciaba el coladero del supuesto psicológico y el aborto eugenésico

En sus alegaciones, el PP toma como “punto de partida y marco de referencia la interpretación realizada por el Tribunal Constitucional en su sentencia de 1985, en la que se estable la obligación del Estado de proteger la vida humana en formación. Además, critica que para abortar en las primeras 14 semanas no sea necesario que concurra “ninguna causa objetiva o situación característica de conflicto objetiva que permita justificar, al menos formalmente, el sacrificio de la vida humana del nasciturus”, algo que a su juicio va contra el artículo 15 de la Constitución Española que reconoce que “todos tienen derecho a la vida”.

Añade igualmente el PP en su recurso que la ley vigente no explica por qué se ha fijado en 14 semanas (y no en 12 ó 16) el plazo para poder practicar en España el aborto libre, ni qué cambia en el feto para no poder ser protegido antes de ese plazo y sí después. En cuanto a los casos en los que se puede abortar hasta la semana 22, el PP alerta en su escrito ante el Constitucional de que el supuesto que permite abortar si existe “grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada” puede ser un “coladero” aún mayor que el que siempre ha significado este motivo.

Además, los populares indican en su recurso, elaborado por un grupo dirigido por Federico Trillo, que “el mantenimiento de la vigencia de un aborto eugenésico supone discriminar a los seres humanos discapacitados en relación con los demás”. Igualmente, defiende la objeción de los profesionales sanitarios y dice que este derecho debe estar garantizado, y se muestra contrario a que se imponga “la perspectiva de género en la enseñanza sanitaria y afectivo-sexual”, que no sólo afecta a los derechos y libertades de alumnos y padres, sino también a los de los profesores.

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