La Corte Suprema de Estados Unidos bloquea la prohibición de la píldora abortiva

Prohibición de la píldora abortiva

La Corte Suprema de EEUU bloqueó el 21 de abril las restricciones establecidas por tribunales inferiores sobre la prohibición de la píldora abortiva: mifepristona, una píldora abortiva utilizada para realizar abortos químicos, en la última batalla legal entre los defensores del aborto y los defensores de la vida en Estados Unidos. La acción de la corte significa que, por el momento, el fármaco estará disponible en aquellos estados donde el aborto es legal hasta las 10 semanas de gestación. El otro fármaco que se utiliza para realizar abortos químicos, el misoprostol, sigue siendo legal.

Fuente: ObservatorioBioetica.org  Autor: Julio Tudela y Ester Bosch.

Corte Suprema bloque la prohibición de la píldora abortiva

El 7 de abril, el juez federal de distrito Matthew Kacsmaryk decretó que la FDA había aprobado indebidamente el medicamento hace 23 años y aplicó la prohibición nacional de la mifepristona.

La Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) que certifica la seguridad de los medicamentos, aprobó la administración de la mifepristona con receta médica durante las primeras siete semanas de gestación, que pasaron a ser diez en 2016.

La administración de Biden está tratando de defender el uso de la mifepristona desde que la Corte Suprema anuló en junio de 2022 la decisión Roe v. Wade de 1973. Ésta permitió que la prescripción de la píldora abortiva se pudiera recibir por correo y sin tener que pasar previamente por un médico.

Lucha en los Tribunales

Tras la prohibición del 7 de abril, los jueces concedieron las solicitudes de emergencia del Departamento de Justicia y del fabricante de la píldora, Danco Laboratories, para suspender la orden judicial preliminar emitida por el juez federal de distrito Kacsmaryk en Texas. La orden del juez habría limitado la disponibilidad de mifepristona.

Los jueces Clarence Thomas y Samuel Alito discreparon públicamente de la decisión. Alito afirmó que según la Corte de Apelaciones, la suspensión que se aplicara no eliminaría la mifepristona del mercado, sino que restauraría las circunstancias que existían (y el Gobierno defendió) de 2000 a 2016, bajo tres administraciones distintas.

En un comunicado, Biden declaró que “como resultado de la suspensión de la Corte Suprema, la mifepristona sigue estando disponible y aprobada para un uso seguro y efectivo mientras continuamos esta lucha en los tribunales”.

Erik Baptist, abogado de la Alianza en Defensa de la Libertad que representa a los opositores a la píldora abortista, expresó: «Nuestro caso, que busca poner la salud de las mujeres por encima de la política, continúa en los tribunales inferiores».

El 12 de abril, el tribunal de apelación se negó a bloquear las restricciones ordenadas por Kacsmaryk, pero retiró parcialmente la orden del juez que habría suspendido la aprobación de la mifepristona por parte de la FDA y la habría retirado del mercado, dado que dictaminó que la mifepristona podría continuar usándose en los estados donde el aborto es legal.

La corte de apelaciones trató de aprobar la norma que requiere tres citas en persona para las mujeres a las que se administre el fármaco y prohíbe de la versión genérica.

Las restricciones, si hubieran entrado en vigor, habrían revertido las acciones de la FDA que facilitaban el acceso al aborto. Esas acciones incluyen: en 2021 permitir la distribución por correo de la píldora abortiva y en 2016 aprobar su uso hasta las diez semanas de gestación en lugar de siete semanas, reducir la dosis requerida y reducir el número de visitas médicas presenciales de tres a una.

Valoración bioética

La extensión del aborto, su legalización, facilitación, y consideración como derecho, supone uno de los mayores, si no el mayor, atentados contra la vida humana, en este caso en la persona del nasciturus. La generalización del aborto químico, a base de mifepristona y misoprostol, promueve la proliferación de abortos realizados sin control médico, anónimamente, en el domicilio de la embarazada y sin declaración posterior que permita contabilizarlos en los registros estadísticos.

Previamente hemos informado sobre los riesgos asociados a los fármacos abortivos como la mifepristona o el misoprostol, que son utilizados cada vez más como método abortivo frente al aborto quirúrgico. Ningún aborto es seguro, ni para la mujer que aborta ni para el hijo abortado, pues supone una intervención no terapéutica sino maleficente tanto física como psicológicamente para la embarazada, y letal para el no nacido.

Estos fármacos presentan efectos secundarios severos en muchos casos, superando las complicaciones asociadas al aborto quirúrgico, también considerables. Así, un estudio del Instituto Charlotte Lozier contra el aborto ha analizado los datos de Medicaid, llegando a la conclusión de que los ingresos en urgencias aumentaron en el caso del aborto químico a un ritmo más rápido que para los procedimientos quirúrgicos. Este aumento se cifra en un 507 %, pasando del 8,5 al 51,7 por 1000 entre 2002 y 2015, frente al caso de los abortos quirúrgicos, que aumentaron un 315 %.

Promover la legalización y la extensión del uso de fármacos cuya función es actuar letalmente sobre el embrión y que promueven serias disfunciones en el cuerpo de la mujer embarazada a la que hace abortar, contradice los principios de la praxis médica y farmacéutica que deben velar por la seguridad y eficacia de los medicamentos, cuya función es, en todo caso aportando más beneficios que riesgos, contribuir al restablecimiento de la salud de los pacientes o reduciendo y controlando síntomas no deseados.

En el caso de los fármacos abortivos no se cumple ninguno de estos principios, que deben acompañar siempre la legalización de los medicamentos. Lo que se persigue, paradójicamente, es exactamente el efecto contrario al que debería tenderse, pues actúan bloqueando la función de la progesterona para impedir la progresión fisiológica del embarazo, y provocando severas hemorragias que conllevarán la expulsión del embrión y su muerte.

Cuando presenciamos que agencias nacionales o internacionales, que deben velar por el uso racional de los medicamentos y velar por su seguridad, promueven y autorizan fármacos cuyo efecto es promover severas alteraciones de los procesos fisiológicos asociados al embarazo para terminar con él y con la vida del nasciturus, vemos sacudirse los cimientos de la práctica médica que vuelve la espalda a los principios que deben sustentarla y acepta acríticamente imposiciones ideológicas que atentan contra la vida y la dignidad de la personas.

Debemos denunciar el silencio de los estamentos médicos y farmacéuticos que asisten indiferentes a la instauración de tratamientos manifiestamente lesivos, cuya función no es en ningún caso promover la salud de los pacientes, sino perturbarla, en el caso de las madres, o terminar con su vida, en el caso de sus hijos.

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