El European Center for Law and Justice (ECLJ) ha dado cuenta de la sentencia del pasado 26 de noviembre del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), por la que la Corte Europea respalda el derecho a la libertad de expresión del activista provida Klaus Annen.
Sabela Valcárcel
El caso se refiere a la prohibición de distribuir hojas informativas contra el aborto en los alrededores de una clínica abortista y publicar en un sitio web los nombres de los médicos que regentaban la clínica. El TEDH, que no siempre ha apoyado la libertad de expresión provida, dictamina que dicha prohibición violaba este derecho y falla que Alemania debe pagar a Annen 13.696,87 euros en concepto de costas y gastos.
En julio de 2005 y como parte de una campaña pro-vida, Annen distribuyó folletos informativos en las inmediaciones de una clínica abortista que decían que los dos médicos que dirigían la clínica, cuyos nombres completos y direcciones eran mencionados, realizaban “abortos inmorales”. Asimismo, la parte posterior de las hojas incluía la siguiente frase: “El asesinato de seres humanos en Auschwitz era inmoral, pero el Estado NS, éticamente degradado, permitió el asesinato de personas inocentes no sujetándolo a responsabilidad penal”.
Un equilibrio justo
Un tribunal regional ordenó a Annen que dejase de distribuir las hojas informativas que contuviesen los nombres de los médicos y la afirmación de que allí se realizaban abortos inmorales.
En su decisión, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha considerado que los tribunales alemanes no lograron encontrar un equilibrio justo entre el derecho de Annen a la libertad de expresión y los derechos de los médicos relativos a la personalidad.
El Tribunal ha observado que en los folletos se dejaba claro que los abortos realizados en la clínica no estaban sujetos a responsabilidad penal. Por lo tanto, la afirmación de que en la clínica se realizaban “abortos inmorales” era correcta desde el punto de vista legal.
En cuanto a la referencia al Holocausto, la Corte considera que “el recurrente no equiparó -al menos, explícitamente- el aborto con el Holocausto”, pero esta referencia debe entenderse como “una forma de crear conciencia sobre la idea general de que la ley puede divergir de la moralidad “, como subrayó el ECLJ en su escrito a la Corte.