En contra de resoluciones anteriores, un Comité del Consejo de Europa censura la objeción de conciencia de los médicos italianos

elcorreo.com

10.03.2014

El elevado índice de objeciones de conciencia sanitaria al aborto en Italia, que en algunas regiones puede llegar al 70 %, limita el acceso a la interrupción legal del embarazo y constituye una violación de la Carta Social Europea, indicó hoy el Consejo de Europa.

Así lo decidió el Comité Europeo de Derechos Sociales de la organización paneuropea, en una decisión aprobada con el único voto discrepante de su presidente, el español Luis Jimena Quesada.
La legislación italiana permite la interrupción del embarazo hasta la décima semana de gestación, así como la práctica del derecho de la objeción de conciencia al personal sanitario.
Pero el elevado número de objetores de conciencia en los centros hospitalarios “no garantiza el ejercicio efectivo del derecho de las mujeres a interrumpir su embarazo”, según una reclamación presentada en 2012 por la Federación Internacional para la planificación Familiar (Red europea).
El Comité entiende que la protección de la objeción de conciencia “no debe limitar ni agravar el ejercicio de los derechos reconocidos por la ley”.
Además, estimó que en los casos de aborto, “donde el tiempo representa un factor determinante”, “el hecho de iniciar un recurso es una fuente de estrés y supone mucho tiempo, lo que puede ser perjudicial para la salud de las mujeres afectadas”.
Según la decisión, “se deben tomar medidas para asegurar la presencia de personal sanitario no objetor de conciencia cada vez que su intervención sea necesaria”.
Si no se compensa esa carencia, las mujeres que deseen interrumpir su embarazo deben buscar otro centro sanitario en Italia o en el extranjero, con los consiguientes riesgos, agregó.
Trece de los miembros del Comité decidieron que Italia incumple la Carta en su artículo 11.1, que regula el derecho a la protección de la salud y a eliminar las causas de una salud deficiente, y el relacionado con la no discriminación en el derecho a la protección de la salud.
El único voto contrario fue el de Jimena Quesada, quien argumentó que la organización reclamante “no ha demostrado” que la conciliación del acceso al aborto y la objeción de conciencia para practicarlo “constituyan una violación”.
“No existen pruebas sólidas que demuestren que se impide a las mujeres italianas el acceso a los procesos de interrupción del embarazo (…) por el elevado número de personal objetor”, señaló Jimena.
Asociaciones, sindicatos y organizaciones no gubernamentales (ONG) tienen derecho a presentar al Comité reclamaciones contra 33 de los 47 Estados miembros del Consejo de Europa que han ratificado la Carta Social Europea (revisada) de 1996, algo que no han hecho España, Alemania o Reino Unido. EFE

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