ANDOC está constituida por un nutrido grupo de profesionales de los diversos ámbitos de la Sanidad (farmacéuticos, médicos, enfermeras y enfermeros, etc.) que tiene como finalidad, dentro del marco de la libertad ideológica y de conciencia, la fijación de criterios que permitan clarificar y definir la situación jurídica, derechos y obligaciones de los facultativos, farmacéuticos, personal sanitario y de las propias instituciones integradas en el Sistema Nacional de Salud. Actualmente, el ámbito de nuestra actuación se extiende a otros sectores de la vida social: enseñanza, pena de muerte, función pública, etc.
Datos legales: Se constituyó formalmente en Granada, en 2001 y fue inscrita en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior, con el nº 168852. En septiembre de 2003 adaptó sus estatutos a la ley 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del derecho de Asociación.
Junta Directiva actual:
Presidenta:Eva Mª Martín García.
Secretario: José Antonio Díez Fernández.
Vocal 1:María Gabriela Zazú Lafuente.
Vocal 2: María Gómez Armenteros.
Vocal 3: Luis Melgarejo Domínguez.
Vocal 4: Jesús Monedero Albacete.
Vocal 5: Antonio Molina Menchén.
Asesor Jurídico: José Miguel Castillo Calvín.
ANDOC nació a principios de 2001, cuando, de forma espontánea, un grupo de farmacéuticos andaluces mostraron su disconformidad ante la legalización del medicamento llamado Norlevo, conocido como “píldora del día después” (PDD), por el Ministerio de Sanidad; y la Orden dictada en junio de 2001 por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, que declaraba de obligada tenencia en las farmacias de la píldora postcoital. Ese grupo inicial de profesionales sanitarios de toda Andalucía y del resto del país, dirigido por un abogado de Granada -José Miguel Castillo Calvín- se organizaron para poner en marcha esa iniciativa, como un cauce para defender su derecho fundamental a la objeción de conciencia ideológica, ética o religiosa.
FINES Y ACTIVIDADES
Defensa del derecho fundamental a la Objeción de Conciencia de cualquier profesional (art. 16.1. de la Constitución Española). Libre examen de los problemas ético-morales que permitan definir la situación jurídica, los derechos y las obligaciones de cualquier persona o colectivo en el desarrollo de su labor profesional. Reconocimiento de unos principios éticos orientados al respeto a la vida, la salud, la libertad y la dignidad de la persona, de conformidad con las normas deontológicas de las profesiones o con las convicciones éticas de las personas que se vean afectadas.
Con estos fines:
Facilitamos cobertura jurídica especializada a todos aquellos asociados que consideren lesionado su derecho a la objeción de conciencia en el ámbito de su ejercicio profesional. Fomentamos la formación bioética de nuestros profesionales a través de jornadas, cursos, reuniones y difundir el respeto a la objeción de conciencia entre los ciudadanos en general.
ANDOC (National Association for the Defense of the right to Conscientious Objection) was founded in June 2001 with the purpose to assume the defense of the fundamental right of conscientious objection biomedical staff.
Following the legalization of the drug called “Levonorgestrel”, known colloquially the term of “morning after pill” by the Ministry of Health, and the order issued in June 2001 by the Ministry of Health declaring must-tenure in pharmacies “morning after pill”, a large group of pharmacists and health, and doctors of Andalusia and the rest of the country, implement this initiative as a way to defend their fundamental right to conscientious objection ideological, ethical or religious.
The association was created for two main reasons:
A-To provide legal cover for all those associated qu injured consider their right to conscientious objection in the context of their professional practice.
B-bioethics Invest in training of our professionals through seminars, courses, meetings and disseminate respect for conscientious objection among healthcare users.
Although initially driven by pharmacists, ANDOC was born with the aim to accommodate all health professionals, and recognize the right to objection, now with the DDA, tomorrow with euthanasia, embryo manipulation, defense of marriage and family, etc. At present, we have several hundred members, mainly health professionals, in over 30 provinces in Spain.
The basic objectives of ANDOC are:
– Protection of the fundamental right to conscientious objection to any health professional (Article 16.1 Spanish Constitution)
– Free review of ethical and moral problems for defining the status, rights and obligations of medical personnel in their professional work.
– Recognition of ethical principles aimed at respect for life, health and dignity of the person, in accordance with the ethical standards of the health professions
Over the past ten years has developed a ceaseless activity to spread its fundamental objectives, through its partners, legal advisory work, press releases, articles, attendance at forums and more. There has been an important social base in several Spanish provinces, and prompted the inclusion of recognition of conscientious objection in several different codes of conduct adopted by colleges of pharmacists in our country (Madrid, Granada, Jaén, etc), and especially , has taken a decisive step for the Recognition legal pharmaceutical conscientious objection to the judgment of the Supreme Court of April 23, 2005, which supported the possibility of conscientious objection in prescribing and dispensing pharmaceuticals. This decision resolves the appeal filed against the Order of the Ministry of Health of the Government of Andalusia, which includes, as minimum stock in Pharmacies, the morning after pill.
Today, part of ANDOC several hundred Spanish health professionals (especially pharmacists and doctors). Our goal is to broaden our scope to other areas (education, research, public service, etc.., Where does need their advocacy of a fundamental right is that of conscientious objection to laws and practices against the that one might object consciousness
In November 2011 we held in Seville (Spain), the Third National Congress of ANDOC
June 2012
Soy Dora de Valencia, y me gustaría pertenecer a esta asociación soy católica y veo abasallar nuestros derechos por todas partes ..en mi situación una marginación por mis creencias soy Auxiliar de enfermería.. y creer no está de moda en mi centro…y además para algunos es algo intolerable.
Dora, le hemos contestado a través del correo info@andoc.es, proporcionándole una información más amplia.
ANDOC
Me gustaría pertenecer a esta asociación, soy médico objetora de conciencia y a veces me veo en dificultades debido a ello.
Clara, le hemos contestado a través del correo electrónico.
Un saludo cordial
Buenos días
En primer lugar, me presento: Soy Albano de Matías Sánchez, estudiante de cuarto curso en Grado en Trabajo Social por la Universidad Complutense de Madrid. Actualmente me encuentro realizando labores de investigación en relación al proceso de creación de mi TFG. Su temática principal es la eutanasia y los cuidados paliativos, siempre en estrecha relación con mi futura profesión, el Trabajo Social.
Me gustaría conocer si estarían interesados en participar en él. Sería muy útil toda la información que me pudiesen aportar y me ayudaría a reflexionar sobre la relación (o no) que pudiese tener el Trabajo Social en la regulación y posterior aplicación de la nueva ley de la Eutanasia en España. Les adjunto al final de este correo una batería de preguntas a contestar, siempre abierta a las necesidades de expresión del entrevistado. No son preguntas rígidas ni estáticas. Quedo a su disposición para cualquier tipo de información adicional que pudieran requerir.
Espero su respuesta. Muchas gracias de antemano. Un saludo.
Albano: en primer lugar, disculpe por la tardanza en contestar a su petición. No encuentro en su correo esa batería de preguntas. Si lo desea, la puede enviar a info@andoc.es
En cualquier caso, le recomiendo que mire en el buscador de nuestra web, poniendo los términos “entanasia” “cuidados paliativos” noticias y documentación sobre el tema. Luego hay una serie de webs que puede consultar:
– http://www.secpal.es.
– http://www.aecpal.com.
– http://www.comitedebioetica.es/documentacion/
– http://www.cgcom.es
– http://www.bioeticaweb.com
-www.comitedebioetica.es
Espero que le sirva esta información.
Un saludo,
José Antonio Díez
Coordinador General de Andoc.
Por si es de su interés
https://www.gacetasanitaria.org/es-la-objecion-conciencia-profesionales-sanitarios-avance-S0213911120301461?referer=buscador
Los felicito por esta noble labor,
Estamos haciendo un trabajo conjunto multidisciplinar sobre la Objeción de Conciencia. En general apuntamos a formalizar una “Objeción de Conciencia Institucional” es decir, buscamos que sea respetado el ideario de instituciones (escuelas principalmente, pero también instituciones sanitarias) que se ven avasallados por jurisprudencia estatal ideológica (temas de género y defensa de la vida y familia) sin muchas opciones -actualmente- para su protección en estos aspectos.
Mi punto específico es el aspecto filosófico, si bien el trabajo de mi equipo debe alcanzar lo legal, desde ya les agradezco la atención prestada.
Escribo desde Perú, donde estamos dando lucha a las “nuevas” viejas ideas que denigran la condición humana.
Queridos amigos de Perú: os agradecemos mucho el comentario que habéis puesto en nuestra web. Nos tenéis a vuestra entera disposición. Nos agradaría mucho ayudar en lo que podamos a otras iniciativas e instituciones en el mudno entero que luchen por defender la libertad de conciencia.
Un saludo
Buenos días. Necesito contacten conmigo para asesorar una objeción de conciencia de un profesional médico. Muchas gracias.
Ana: muchas gracias por su confianza. Escríbanos, si le parece, a la siguiente dirección: joseadiez@gmail.com; ahí nos puede también un nº de contacto.
Un cordial saludo
Gracias por el articulo esta muy bien explicado!
La Asociación Médica Canadiense y la eutanasia y el suicidio asistido: Revisión crítica del enfoque de la CMA con respecto a la modificación de la política y la legislación. http://www.proconpro.org/cmaeuthanasia-sp
La eutanasia en Canadá: una historia de advertencia
Esta es una traducción que ha sido basada en una versión anterior del artículo original en inglés y difiere de la versión final en una Manera minima que no altera sustancialmente el mensaje.
https://docs.google.com/document/d/1tYxb0mJVehP5q0RttZnqaleUVGSDgazqGN5hVS8B9ss/edit
Buenas tardes. Julio Tudela me ha dicho que ha surgido una asociación en Murcia de defensa de la objeción de conciencia frente a la legislación en igualdad de género, la Asociación Libertas. En Valencia, Valencia Educa en Libertad, en consonancia con otras asociaciones de la Comunidad Valenciana, agrupados todos en la Federación de Educación y Desarrollo en Libertad, que tuvimos nuestro momento intenso con la EpC y a favor de la libertad de los padres frente a primera oleada de educación sexual en los colegios (a través del programa PIES), estamos reactivando las actividades en pro de la información de los padres con ocasión de la normativa de género (aquí en Anteproyecto) y, en su momento, en la defensa jurídica si es necesario. Agradecería algún dato de contacto con dicha asociación murciana, para crear sinergías. Gracias.
Buenas tardes, soy abogada y me encuentro tramitando un objeción de conciencia en el ámbito de la docencia veterinaria, para un alumno que no encuentra ético realizar prácticas con animales vivos siendo actualmente ya posible en otros países realizar dichas prácticas mediante tecnología, evitando todo sufrimiento a seres sintientes (como son los animales considerados por el Tratado de Lisboa desde 2009 en su artículo 13). Quisiera saber si, por analogía, disponen ustedes de opinión al respecto que puedan hacerme llegar o algún material aplicable al ámbito veterinario. Gracias.
Laia: le agradecemos su confianza al contactar con nosotros. Antes que nada, decirle que nuestro fin fundamental es la defensa de la libertad de conciencia de los profesionales sanitarios; no es sencillo, a día de hoy, establecer una analogía plena -a nivel filosófico, moral y legal- entre la objeción de conciencia que afecta a experimentos con seres humanos y con animales ; no obstante, podemos decirle algo sobre la cuestión que nos plantea. Le copio a continuación un enlace a un informe muy completo de la Universidad Complutense donde se detalla la legislación nacional, comunitaria e internacional sobre el tema concreto de la objeción a la investigación con animales https://www.ucm.es/data/cont/docs/3-2015-02-25-191-2014%204.1%20Inform%20191Practicas%20con%20animales.pdf. Espero que le sea de utilidad y quedamos a su disposición. Un cordial saludo