Diario Sur
31.03.2014
Dr. Joaquín Fernández Crehuet
Catedrático de Medicina Preventiva y Presidente de la Comisión Deontológica del Colegio de Médicos de Málaga.
Ante un tema de tanta trascendencia social es obligada una reflexión prioritaria desde el prisma exclusivamente ético que fundamente los criterios políticos del legislador
La reciente declaración institucional de la Organización Médica Colegial (OMC) sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de la vida del concebido y de los derechos de la mujer embarazada, ha originado una interesante polémica entre el colectivo médico que en buen número, no se ha identificado con la orientación de dicho documento.
La Comisión de Deontología del Ilustre Colegio Oficial de Médico de Málaga que tengo el honor de presidir, ha debatido este asunto y ha decidido por unanimidad manifestar su particular posicionamiento basado exclusivamente en los criterios contemplados en el actual Código de Deontología y Ética médica, huyendo de cualquier orientación política. Estoy convencido que ante un tema de tanta trascendencia social, es obligada una reflexión prioritaria desde el prisma exclusivamente ético que fundamente los criterios políticos del legislador.
Como premisas a esta declaración, es obligado aclarar que respetamos cualquier otro criterio siempre que esté debidamente fundado y recordamos que la función de nuestra comisión es exclusivamente asesora de la Junta de Gobierno y en modo alguno nuestro posicionamiento tiene carácter vinculante.
En relación con el citado Anteproyecto de Ley Orgánica, la Comisión de Deontología, acuerda que desde una perspectiva deontológica y siguiendo el actual Código de Deontología Médica (CDM), se puede asegurar que la tradición médica ha defendido el respeto a la vida y ha rechazado el aborto. A la vez, como no podría ser de otra forma, los Colegios Profesionales de Médicos han sido siempre respetuosos con las legislaciones permisivas del aborto.
El artículo 5.1 del CDM, justifica esa unanimidad al señalar que la “profesión médica está al servicio del ser humano y de la sociedad. Y que respetar la vida humana, la dignidad de la persona y el cuidado de la salud del individuo y de la comunidad son los deberes primordiales del médico”. Por otro lado reitera que “el ser humano es un fin en sí mismo, en todas las fases del ciclo biológico, desde la concepción hasta la muerte. El médico está obligado, en cualquiera de sus actuaciones, a salvaguardar la dignidad e integridad de las personas bajo sus cuidados” (CDM, art. 55.1).
A juicio de esta Comisión, este Anteproyecto, supone un adelanto en la defensa de la vida, ya que la ciencia médica no tiene duda al afirmar que en el embarazo existe una vida humana, desde el primer momento de la fecundación, y por tanto, hay que hacer todo lo posible para procurar la continuidad de la gestación hasta el nacimiento. Esta Comisión entiende que no es coherente con la doctrina deontológica defender un supuesto “derecho a abortar”, ya que un posible derecho nunca puede justificar el daño irreparable al no nacido.
Además de las razones apuntadas, nos parece que el citado Anteproyecto