La Corte Suprema de los Estados Unidos resolvió, con una votación de 6 a 3, a favor de un grupo de progenitores que solicitaron la exclusión de sus hijos de actividades escolares con materiales didácticos que, a su criterio, contravienen sus convicciones religiosas. La controversia se originó en Maryland, a raíz de la inclusión en el currículo escolar de textos sobre temática LGBTQ+, particularmente sobre identidad de género y uniones entre personas del mismo sexo.
Fuente: DiarioConstitucional.cl
La Corte sostuvo que la negativa del consejo escolar a permitir la objeción de conciencia parental infringe la Cláusula de Libre Ejercicio de la Primera Enmienda. En su fallo estableció que la exposición obligatoria a contenidos que los padres consideran lesivos para sus creencias religiosas impone una carga inconstitucional.
En la demanda, interpuesta por padres de confesión cristiana, musulmana y judía, se denuncia la imposibilidad de eximir a sus hijos de determinadas lecturas lo cual, a juicio de los demandantes, vulnera su derecho fundamental al ejercicio religioso. La Corte consideró que los demandantes demostraron una probabilidad sustancial de éxito en su reclamo, por lo que ordenó una medida cautelar preliminar mientras continúa el litigio principal.
La disidencia argumentó que la decisión de la mayoría configura una reinterpretación no contemplada de los derechos constitucionales, señalando que no existe fundamento legal para garantizar inmunidad frente a exposiciones curriculares con las que los padres no coincidan ideológicamente. Asimismo, cuestionó la relevancia atribuida a uno de los libros en disputa —La boda del tío Bobby—, cuyo contenido fue reproducido íntegramente en el apéndice de su opinión.
La controversia se remonta a 2022, cuando una junta de educación introdujo en el currículo de educación primaria varios textos enfocados en diversidad familiar y orientación sexual. Inicialmente se permitió a las familias optar por la no participación, pero en 2023 se eliminó esta posibilidad, alegando dificultades operativas y conflictos con políticas de inclusión.
La representación legal de los demandantes, encabezada por el Fondo Becket para la Libertad Religiosa, calificó el fallo como un precedente relevante en materia de derechos parentales. Por su parte, representantes de organizaciones que defienden la libertad de expresión manifestaron preocupación por el posible efecto inhibidor que la decisión podría tener sobre el contenido educativo disponible en las escuelas públicas.
Así, la Corte ordenó a la Junta Escolar que, mientras se resuelve el caso, notifique previamente a los progenitores sobre el uso de textos similares, y les permita decidir si sus hijos deben estar exentos de dicha instrucción.
“Esta Corte ha reconocido desde hace tiempo el derecho de los padres a dirigir la formación religiosa de sus hijos. Este derecho, protegido por la Cláusula de Libre Ejercicio de la Primera Enmienda, se ve vulnerado cuando una política gubernamental interfiere sustancialmente en el desarrollo religioso del menor. Tal como fue establecido en Wisconsin v. Yoder, una instrucción obligatoria que expone a los niños a un entorno contrario a las creencias de sus progenitores —y que ejerce presión para que adopten puntos de vista incompatibles con su fe— constituye una carga inconstitucional”, señaló la Corte.
“Los libros de cuentos denominados ‘LGBTQ+-inclusivos’ no constituyen una mera exposición objetiva de ideas diversas, sino que presentan un conjunto de valores específicos como deseables y celebrables, lo que supone un mensaje normativo dirigido a estudiantes de temprana edad. Al mostrar relaciones del mismo sexo como motivo de alegría colectiva y representar la identidad de género como una elección individual desligada del sexo biológico, los textos comunican valores que contradicen profundamente las creencias religiosas de muchos padres”, agregó en su fallo.
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