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13.01.2014
El Congreso aprobó por unanimidad una propuesta de CiU para descartar las restricciones al voto a las personas con discapacidad intelectual, pero con la actual ley del aborto se les puede eliminar si lo decide la madre
La Oficina del Censo Electoral contabilizó en las últimas elecciones a 79.398 personas privadas del voto por una sentencia de incapacitación, de las que el 61% tienen entre q8 y 64 años. De hecho, hay casos como el de José Ignacio Ramírez que, a pesar de haber participado en varias elecciones, en 2011 fue eliminado del censo electoral.
“Antes sí podía votar; ahora, el juez me dice que no. Está muy feo. Yo votaba a quien quería”, denunciaba recientemente Ramírez en declaraciones publicadas por el diario El País el pasado 8 de enero.
Este tipo de situaciones están a punto de evitarse gracias a que el Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad el pasado mes de octubre una proposición de CiU para eliminar las restricciones al voto de las personas con discapacidad intelectual.
De esta manera, la ley electoral se adecuará plenamente a la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobada en 2006 y vigente en España desde 2008, que prevé que los Estados miembros deben asegurar la participación de las personas con discapacidad en la vida política.
Votar y ser votado
Esa participación que les garantiza el derecho a votar también les concede la posibilidad de ser elegidos en unas elecciones. Es el caso del Ayuntamiento de Valladolid, que desde el pasado mes de julio cuenta con la primera concejal con síndrome de Down del país.
Ángela Bachiller, de 30 años, llevaba dos años y medio trabajando en la administración del Consistorio vallisoletano y el 29 de julio, tras la dimisión de un edil del PP implicado en un caso de corrupción, alcanzó su reto de representar en política a quienes la habían votado.
“En la práctica, se tiende más a determinar lo que la persona no puede hacer que a investigar cuáles son los apoyos que necesita”, señala María José Alonso, abogada especializada en este campo.
Y ello a pesar de que la propia Constitución española “impone a los poderes públicos un mandato muy claro de respeto de todos y cada uno de los derechos constitucionales a las personas con discapacidad”, subraya Gerardo Ruiz-Rico, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Jaén.
“La imposibilidad de votar debe concebirse, en mi opinión, como una excepción y no como una regla general que afecte a las personas en esas circunstancias”, agrega.
La paradoja: derecho a votar pero no a nacer
Sin embargo, la gran paradoja de ese derecho constitucional de los discapacitados es que en cuanto se haga efectiva la propuesta de CiU de eliminar las restricciones al voto de las personas con discapacidad intelectual estos tendrán derecho a votar, pero al mismo tiempo se les niega el derecho a nacer, ya que la actual ley del aborto permite eliminar la vida de un no nacido con discapacidad si así lo decide la madre.
Ante esta contradicción cabe preguntarse por qué, si no se impedirá a los discapacitados intelectuales ejercer el acto más responsable de la ciudadanía en democracia, se les niega el derecho a nacer. Se otorga el derecho a votar a personas que podemos eliminar legalmente por la misma condición por la que se les permite votar.
Al mismo tiempo, hay que resaltar la incongruencia de CiU, que defiende por una parte el derecho a votar de los discapacitados intelectuales, mientras por otra plantea la posibilidad de tener una ley del aborto propia en Cataluña para evitar los efectos de la reforma de la ley que propone el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.
“Miraremos qué nivel de competencias podemos aprovechar al máximo para intentar que quede como estaba”, argumentaba a finales de diciembre pasado el portavoz de la formación nacionalista en el Parlamento catalán, Jordi Turull, en relación a la ley del aborto.