Kim Davis: Ley y libertad de conciencia

El cristianismo tiene el principio de que las leyes deben ser obedecidas, aunque veremos que esto tiene contadas excepciones.

LUEGO EXISTO AUTOR Jaume Llenas 09 DE SEPTIEMBRE DE 2015 15:00 h

Algunos me han preguntado por mi opinión acerca del encarcelamiento de Kim Davis, la funcionaria que rechaza tramitar licencias de matrimonio de personas del mismo sexo en EE.UU. Aquí va:

1- La ley del país debe cumplirse y debe asegurarse que el servicio pueda prestarse, por una cuestión de seguridad jurídica. Se trata de un estado democrático y sus leyes (que pueden ser más o menos justas, aunque esto es una cuestión de la cosmovisión con la que cada uno opera) se establecen de acuerdo a un juego de mayorías y minorías en un parlamento, por lo que, obedecen a la voluntad popular mayoritaria. El cristianismo tiene el principio de que las leyes deben ser obedecidas. (Más adelante vemos que esto tiene contadas excepciones).

2- A la vez, creo que existe un derecho a la objeción de conciencia. Para que este derecho exista debe haber un problema real de conciencia identificable objetivamente en las convicciones de una persona (ella declara que se debe a unas determinadas convicciones religiosas y es posible comprobar que una parte significativa de los cristianos creen que el matrimonio debe ser entre una mujer y un hombre). Los cristianos deben obedecer la ley, excepto cuando esta entra en abierta contradicción con lo que entienden que es un mandamiento de Dios y no debe ser sobrevenida (es decir, no debe de haber aparecido de golpe para evitar una prestación, sino que debe ser coherente con las convicciones de la persona a lo largo del tiempo). Pongo un ejemplo de objeción de conciencia sobrevenida, cuando en el pasado un joven tenía que prestar servicio militar, nunca había tenido problemas con el uso de armas, ni convicciones pacifistas conocidas, etc. y para no prestar el servicio se declaraba objetor. En este caso parece claro que la persona vive coherentemente con su conciencia desde hace mucho tiempo.

3- No se puede alegar que la funcionaria ha ido contra la ley, precisamente porque para que exista derecho de objeción de conciencia debe de haber una prestación obligatoria (pensad en cuando la “mili” era obligatoria por ley) que va en contra de la conciencia de uno. Por lo tanto, en un porcentaje muy alto de casos la objeción va contra la ley, pero existe un derecho que también debe ser respetado y es el derecho a que la conciencia de una persona no sea forzada.

4- Esta servidora pública estaría incapacitada para el ejercicio de su cargo si una gran parte de las funciones de su cargo implicaran cuestiones que fueran ofensivas para su conciencia. Si su función principal es tramitar licencias matrimoniales, como va a tener constantemente este problema, debería ser trasladada a otro departamento de la administración que no implicara ese problema de conciencia, ya que el servicio debe ser asegurado por la administración.

5- Encarcelar a una persona por causa de su conciencia muestra que los Estados de democráticos están perdiendo la base que les dio origen y les da sustento, que es un determinado conjunto de valores, que se recogen en una Declaración de Derechos Fundamentales, entre los que está la libertad de conciencia, la libertad de expresión, etc. Obviamente, la calidad de estos derechos no se mide cuando estos derechos son respetados para los que tienen convicciones mayoritarias, eso es lo normal, si no cuando también se respetan las personas que tienen convicciones minoritarias.

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