Aquí en inglés.-Dos matronas Glasgow, que ganaron una batalla legal de referencia para evitar tomar parte en los procedimientos de aborto, pueden ahora tener que volver a la corte.
En abril pasado los jueces de apelación dictaminó que el derecho de María Doogan y Concepta Wood (foto) a la objeción de conciencia significaba que podían negarse a delegar, supervisar y apoyar al personal involucrado en abortos.
El veredicto fue la primera vez en Gran Bretaña que se consideró el derecho a la objeción de conciencia a extenderse más allá de la participación directa.
Sin embargo, un portavoz de NHS de Glasgow y Clyde (GGC) ha dicho que la intención de la junta de salud de apelar la decisión de la Cámara Interior del Tribunal Superior de Justicia de la Corte Suprema.
La Ley del Aborto 1967 proporciona a los profesionales de la salud el derecho a la objeción de conciencia a “participar” en el aborto, pero el alcance de la palabra ‘participación’ ha sido el tema de una disputa legal.
Señora Dorrian, quien presidió la apelación anterior con Lord Mackay de Drumadoon y Señor McEwan, dijo: “En nuestra opinión, el derecho a la objeción de conciencia se extiende no sólo a la interrupción médica o quirúrgica real , sino a todo el proceso de tratamiento determinado para tal fin . ‘
La anterior sentencia fue muy importante y significa que las recomendaciones oficiales, tanto del Real Colegio de Matronas (RCM) y el Consejo Médico General (GMC) es casi seguro que necesite revisión.
La orientación RCM actualmente es el siguiente:
‘El RCM considera que la interpretación de la cláusula de objeción de conciencia sólo debe incluir la participación directa en el procedimiento de interrupción del embarazo. Por lo tanto todas las parteras deben estar preparados para atender a las mujeres antes, durante y después de la terminación de una unidad de maternidad en virtud de la atención obstétrica.
La orientación GMC similar dice:
“En Inglaterra, Gales y Escocia, el derecho a negarse a participar en las interrupciones del embarazo (excepto cuando es necesario para salvar la vida de, o prevenir el daño grave, la mujer embarazada de la terminación), está protegido por la ley en virtud del artículo 4 ( 1) de la ley. Este derecho se limita a la negativa a participar en el procedimiento (s) en sí y no a la pre-o post-tratamiento de atención, asesoramiento y gestión, véase el caso Janaway: Janaway v Salford Autoridad de Salud de la zona [1989] 1AC 537 ”
El resultado de el caso es importante porque la Corte Suprema es el tribunal más alto en Gran Bretaña, por lo que sus decisiones serán vinculantes para todos los tribunales inferiores y tendrá repercusiones no sólo para las enfermeras, sino también para los médicos y demás personal sanitario.
Comentario de ANDOC a la sentencia del TC que rechaza la objeción de conciencia para las instituciones sanitarias con ideario religioso
El Tribunal Constitucional rechaza que los hospitales con ideario religioso puedan invocar el derecho a la objeción de conciencia. Fuente: LaRazon.es Análisis de ANDOC, 21