El Tribunal de Estrasburgo revisará su inexplicable sentencia sobre suicidio asistido en el caso Gross vs Suiza

suicidio asistido
profesionalesetica.org
09/07/2013
Tal y como anunciábamos en nuestra portada del 17 de mayo 2013, la asociación internacional Alliance Defending Freedom (ADF) solicitó al gobierno de Suiza que apelase la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Gross vs Suiza (nº 67810/10) del 14 de mayo 2013. Ahora, con fecha 30 de junio, el Ministro de Justicia suizo ha confirmado a dicha entidad su intención de apelar a la Gran Cámara dado lo ajustado del resultado de la votación y la controversia generada por la sentencia en relación a la interpretación y aplicación de la Convención de Derechos Humanos.

Para Alliance Defending Freedom (ADF) la sentencia del TEDH Alda Gross vs. Suiza, en la que ha participado como tercera parte, resulta inexplicable y contradice la abundante jurisprudencia previa que niega el derecho al suicidio asistido o la eutanasia por ser contrarios a la Convención Europea de Derechos Humanos.

Paul Coleman, de ADF, insistía con motivo de la sentencia en que “el gobierno tiene la obligación de proteger la vida, no facilitar la muerte. Las reivindicaciones de la autonomía personal no deben prevalecer sobre las leyes nacionales que están diseñados para proteger a los débiles y vulnerables. Antes del caso de Gross vs Suiza, esta posición – consagrada en la Convención Europea de Derechos Humanos-, había sido apoyada por la jurisprudencia de la Corte Europea”.

Por su parte, el equipo especializado de Profesionales por la Ética Vida Digna llevó a cabo una valoración tanto jurídica como médica de la sentencia y señalaba: “Si, hasta ahora, el Tribunal de Estrasburgo había inclinado nítidamente la balanza hacia el derecho de los Estados a vetar o poner límites al suicidio asistido, la nueva sentencia pone el acento en el derecho a la autonomía, hasta el punto de que no considera que sea preciso una enfermedad para reclamar el suicidio asistido. El fallo se cierra con una matización que parece evitar in extremis una proclamación del derecho a morir. La sentencia Gross significa que el Estado se convierte en garante de la muerte de sus ciudadanos, porque reconociendo un DERECHO adquiere una obligación positiva de que nada se interponga en su realización”

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