El Congreso da el primer paso para despenalizar la eutanasia

Los votos del PSOE, Podemos y los nacionalistas permiten abrir el debate para reformar el Código Penal en torno a la eutanasia y la ayuda al suicidio.

LA RAZON – Pablo Gómez -10/05/2018

El Congreso de los Diputados ha aprobado esta mañana la toma en consideración de la propuesta del Parlamento de Cataluña para despenalizar la eutanasia y la ayuda al suicidio. En la votación de este jueves, no ha habido sorpresa en la posición de voto de cada uno de los grupos de la Cámara Baja. Su tramitación, por tanto, seguirá adelante gracias a 175 votos a favor, entre ellos los del PSOE, Podemos y los partidos nacionalistas. El PP y el diputado de Unión del Pueblo Navarro, que han sumado 136 votos, han rechazado esta iniciativa mientras que Ciudadanos se ha abstenido.

El texto que se debatió el pasado martes en el Congreso y que hoy ha superado su primer trámite, fue aprobado en Cataluña en julio con el apoyo de Junts pel Sí, PSC, SíQueEsPot (CatECP) y la CUP. Lo que plantea en la práctica es la modificación del apartado 4 del artículo 143 del Código Penal, siguiendo así la línea de lo dictaminado en el Informe sobre eutanasia y ayuda al suicidio, elaborado por el Comité Consultivo de Bioética de Cataluña en 2006 a petición del Departamento de Salud de la Generalitat. La propuesta exige que queden exentos de responsabilidades aquellas personas que, “de manera indirecta o cooperando”, ayuden a morir de manera “segura, pacífica y sin dolor” a una persona que lo pida de forma “expresa, libre e inequívoca”. Plantea la necesidad de modificar este artículo del Código Penal porque “impide que se facilite la muerte digna y sin sufrimiento a la persona que, en situación de sufrimiento insoportable y en plena posición de sus facultades para decidir, expresa su deseo de morir y solicita ayuda para ello”.

La iniciativa avalada por el Parlament catalán recoge que la persona que pueda acogerse a esta modificación legal tendrá que sufrir una “enfermedad terminal” o una “patología incurable” que le provoque un “sufrimiento físico o psíquico grave que se prevea permanente”. Con ello quedaría además anuladas para estos casos las disposiciones, según las cuales, aquel que induzca el suicidio de otro es castigado con una pena de prisión de cuatro a ocho años, quien coopere con esta actividad es sancionado con la cárcel y quien la ejecute debe afrontar una pena de hasta 10 años.

“No se pretende suprimir sin más el apartado cuarto del Código Penal, porque se abriría la puerta a una mayor criminalización, sino que en el nuevo apartado que proponemos se haga una referencia clara y explícita a la despenalización”, aseguraron esta semana los tres diputados catalanes encargados de la defensa de la propuesta.

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