Resolución del Consejo de Europa protege la objeción de conciencia en materias moralmente sensibles

La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa acaba de aprobar por abrumadora mayoría una Resolución que recuerda a los Estados su obligación de respetar el derecho a la objeción de conciencia de los individuos y las comunidades y los derechos educativos de los padres.

(PpE) La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa acaba de aprobar por abrumadora mayoría la Resolución 1928 (2013) sobre «Protección de los derechos humanos en relación con la religión y las creencias y la protección de las comunidades religiosas de la violencia».

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La Resolución recuerda a los Estados su obligación de respetar, «en relación con una materia moralmente sensible», la libertad de expresión, el derecho a la objeción de conciencia de los individuos y las comunidades, y los derechos educativos de los padres.

Esta decisión del Consejo de Europa llega tras la todavía reciente polémica en España por una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que deniega a los médicos de atención primaria el derecho de objeción de conciencia frente al aborto, obligándoles a informar a las mujeres sobre el supuesto «derecho» que la Ley Aído les reconoce para someterse al aborto.

Según afirma Jaime Urcelay, Presidente de Profesionales por la Ética, «la sentencia de Andalucía contradice abiertamente la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la objeción de conciencia. Pero es que además, su interpretación restrictiva de la libertad de conciencia nos aleja de Europa, como demuestra la Resolución que acaba de aprobar el Consejo de Europa». No es la primera vez que el Consejo de Europa se pronuncia sobre este derecho fundamental porque, como destaca Urcelay, «ya la Resolución 1763 (2010) sobre El derecho a la objeción de conciencia en la atención médica legal  –conocida como Informe Mc Cafferty– recordaba a los Estados miembros del Consejo de Europa su obligación de reconocer la objeción de conciencia del personal sanitario».

«En definitiva», concluye el Presidente de Profesionales por la Ética, «la vigente Ley del Aborto de 2010, al limitar el derecho a la objeción de conciencia a los médicos que intervienen directamente en la práctica del aborto, es incompatible con las resoluciones del Consejo de Europa, por lo que también en este punto debe ser inmediatamente reformada. Y otro tanto cabe decir del nuevo Código de Deontología Médica de la Organización Médica Colegial, que en este aspecto se sometió a las directrices ideológicas del Gobierno de Zapatero».

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