El Tribunal Constitucional tumba otro pilar educativo del Consell contra la privada

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EL MUNDO – 06/02/2019

Un mujer firma a favor de la campaña de los centros concertados por la libertad de elección. JOSÉ CUÉLLAR

El tercero de los pilares sobre los que el Consell del Botànic ha tratado de levantar un proyecto de fomento de la educación pública, en contra de los intereses de la concertada y la privada, se ha venido también abajo. El Tribunal Constitucional ha anulado la prohibición por parte del Gobierno valenciano de que alumnos de Ciencias de la Salud en universidades privadas pudieran realizar prácticas en centros sanitarios públicos.

Este nuevo varapalo judicial se suma al que ya propinó el Tribunal Superior de Justicia al decreto de plurilingüismo, al considerar que supuso «la eliminación de la opción del castellano en la mayoría de los centros sostenidos con fondos públicos al impedir la coexistencia de un programa plurilingüe en castellano y valenciano sin que se haya acreditado que tal coexistencia genere discriminación».

También a la avalancha de sentencias del TSJ valenciano que han dado la razón a una mayoría de centros concertados a los que se les había retirado el concierto de aulas en Bachillerato, al entenderse que la decisión de la Generalitat «no está motivada ni justificada».

Después de estas dos decisiones jurisdiccionales, el Constitucional ha atendido ahora un recurso de 50 senadores del Partido Popular contra la prohibición de que alumnos de Medicina, Farmacia, Enfermería o Fisioterapia, entre otros, pudieran realizar sus prácticas en hospitales públicos.

Tal medida fue anunciada en su día por los departamentos de Sanidad y Educación del Gobierno valenciano -en aquel momento era consellera de Sanidad Carmen Montón- de acuerdo con los rectores de las universidades públicas y el Consejo Estatal de Estudiantes de Medicina, fue contestada en los tribunales por la Universidad Católica San Vicente Martír de Valencia y por la Cardenal Herrera-CEU.

Supuesto “caos”

El Consell justificó aquella reforma de la Ley de Salud Pública en un supuesto «caos administrativo» que, según su opinión, habría generado la administración anterior, del Partido Popular, por haber permitido expirar diversos convenios que regulaban estas prácticas, que también afectan a alumnos de grados técnicos y FP. Una de las consecuencias que se alegaba fue que funcionarios estaban incumpliendo la Ley de Incompatibilidades al emplear horas de su trabajo en el sistema público para tutorizar alumnos de la universidad privada.

La medida ya fue suspendida por el Tribunal Superior a instancias de la Universidad Católica. Tras conocerse la sentencia del Constitucional, su rector, José Manuel Pagán, pidió que se retome la negociación con la Generalitat, que es la que «tiene que dar pasos para encontrar ya un acuerdo definitivo con nuestra Universidad».

El fallo, indicó, «nos garantiza la docencia práctica y clínica de las titulaciones que así lo requieran a las universidades privadas, o de iniciativa social como la nuestra». La sentencia se apoya en que la normativa estatal que regula este tipo de prácticas se refiere de modo genérico a las universidades, sin distinción alguna entre unas universidades y otras, mientras la norma legal valenciana únicamente impone este deber de colaboración del Ejecutivo valenciano respecto de las de titularidad pública, sin mencionar a las privadas.

Según la interpretación de la sentencia que hace Magán, «existe una contradicción entre la normativa básica estatal y el precepto legal autonómico impugnado, ya que aquella no sólo no hace distinción entre unas y otras universidades, sino que en la propia regulación complementaria del régimen de concertación alude de modo expreso a las universidades privadas para establecer los vínculos de relación entre aquellas y las instituciones sanitarias integradas en el Sistema Nacional de Salud, a través de la figura del convenio».

La normativa estatal básica concede una relevante y trascendente importancia a que la formación de los profesionales en las Ciencias de la Salud disponga de toda la estructura sanitaria pública para la realización de sus prácticas clínicas, siendo estas imprescindibles, además, para completar su período de formación y la obtención de sus títulos académicos».

La Universidad Católica asegura que siempre ha defendido «el derecho de nuestros alumnos de Ciencias de la Salud a tener la misma formación práctica que los de Derecho, por ejemplo». Su rector se preguntaba ayer: «¿Cómo es posible que existan convenios de la Universidad con la administración pública en los que convivían dos varas de medir: los alumnos pueden formarse en los Juzgados y los alumnos de la misma universidad de Ciencias de la Salud no pueden hacerlo en los hospitales públicos?» La sentencia redactada por el Magistrado Antonio Narváez, tiene dos votos concurrentes.

J.J. ZAPLANA: “El Botànic sólo quiere ideología”

El coordinador de Política Social del Grupo Popular en las Cortes, José Juan Zaplana, aseguró ayer que con esta sentencia «queda demostrado, una vez másm que las políticas botánicas no han ido dirigidas a mejorar la vida de las personas sino a implantar una ideología de pensamiento único que ha intentado utilizar a las personas en situación más débil». El ‘popular’ criticó que el PSPV, Compromís y Podemos «quisieron imponer en la ley esta prohibición que no perjudicaba a las universidades privadas ni a los estudiantes, lo que hacía era mermar la calidad de los profesionales y las garantías en la protección de la salud». Recordó además que cuando «uno va al médico no pregunta dónde ha estudiado o dónde ha hecho las prácticas, simplemente quiere al mejor y que lo curen» y reiteró que el «sectarismo ideológico de la izquierda nos ha llevado al mayor número de gente esperando para una operación desde el 1995, 8.500 personas».

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