Objeción de conciencia para aborto, eutanasia y reclutamiento

EL ESPECTADOR.- 30-JUL-2015

0ea4407fc42c58f54b5821f4953f1655_1438200300La iniciativa de la senadora liberal busca regular la forma en que los ciudadanos pueden negarse a cumplir algunas normas, amparados en sus principios éticos, morales y religiosos.

Las normas existen y hay que acatarlas es la base de un Estado de Derecho. Sin embargo, los ciudadanos tienen principios éticos, filosóficos y morales que pueden reñir con la normatividad y es necesario que sean respetados. Así lo plantea la Constitución, que defiende la decisión personal de abstenerse de obedecer la norma, pero el Congreso no lo ha reglamentado. Por eso, la senadora Viviane Morales, del Partido Liberal, presentó un proyecto de ley para reglamentar la objeción de conciencia en temas tan espinosos como el servicio militar, los servicios de salud y asuntos religiosos.

Lo dice claramente la Constitución en el artículo 18: “Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias, ni compelido a revelarlas, ni obligado a actuar contra su conciencia”, y en términos religiosos plantea que “toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva”.

Con base en estos artículos y jurisprudencia de la Corte Constitucional, la congresista explicó que la iniciativa “se encamina a dar respuesta a este desafío planteado por el desarrollo democrático de los derechos humanos, que puede implicar el enfrentamiento entre los derechos que reconoce el Estado a los ciudadanos y el derecho de los ciudadanos frente al Estado de actuar de acuerdo a su conciencia”.

Ya en la práctica, hay asuntos fundamentales como la decisión y el derecho de un joven a no prestar el servicio militar. En este caso —según el proyecto— la solicitud deberá ser presentada ante la Defensoría del Pueblo en cada una de las regiones y ahí se expedirá un documento que certifique la calidad de objetor de conciencia, que reemplazará a la libreta militar. Si en el municipio no hay representante de la Defensoría, la solicitud deberá ser entregada a los personeros, que tendrán que hacer el trámite. El articulado propone la posibilidad de prestar un servicio social alternativo.

Otro de los temas complejos que se busca reglamentar tienen que ver con la prestación de servicios de salud. En ese ámbito hay dos asuntos que han tenido complicados y fallidos debates reglamentarios en el Congreso: el derecho a morir dignamente a través de la eutanasia y la práctica del aborto cuando el embarazo sea consecuencia de una violación, malformación del feto y riesgo de muerte de la madre.

Los médicos podrán presentar su objeción de conciencia para negarse a realizar intervenciones de este tipo, amparados en razones éticas y religiosas. La solicitud deberá ser presentada ante los directivos de los centros médicos. No obstante, las instituciones están en la obligación de prestar el servicio a través de otro profesional. Y se aclara que ser objetor de conciencia no puede ser criterio de exclusión laboral.

El proyecto también plantea la posibilidad de apelar a la objeción de conciencia por principios religiosos, en asuntos como el juramento a la bandera, si una persona considera que solo se puede jurar en el nombre de Dios o la posibilidad de no asistir al trabajo en determinadas fechas por razón de su credo. En la exposición de motivos, Viviane Morales retoma las palabras de uno de los grandes libertadores de América, José Francisco de San Martín: “La conciencia es el mejor juez que tiene un hombre de bien”.

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